El Supremo fija que las pensiones con cotizaciones previas a 1967 estan exentas en renta.

z-p3aporta.pdf (economistas.es)

Tras las últimas sentencias, TODO PENSIONISTA QUE HAYA COTIZADO ANTES DEL 1967 tiene derecho a declarar exento de tribulación la parte de la pensión que se corresponda a dichas cotizaciones-exento al %

Tambien está exento parcialmente ( % de exención) la parte de pensión que se corresponda a cotizaciones entre los años

Por eso es importante que todos aquellos pensionistas que estén en cualquiera de estas situaciones, revisen sus declaraciones de los ultimos años, apra reclamar esta exención y conseguir devoluciones de dichos ejercicios.

Estamos a vuestra disposición  para realizar estas reclamaciones.