IN848D InnovaPEME 2022 APOYO A LA INNOVACIÓN (APOYO I+D+i)

Ayudas para la mejora de la capacidad de Innovación

Plazo de presentación

Desde el 19 de abril hasta el 18 de mayo de 2022

Tipo de ayuda

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

Objeto

Ayudas dirigidas a las pymes, destinadas a la financiación de las actividades integradas en planes de innovación que les permitan el fortalecimiento en aquellas áreas que sean relevantes para la sistematización e internacionalización de los procesos de innovación de la empresa y estén alineados con los retos de la RIS3 para Galicia.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias las microempresas, pequeñas y medianas empresas, con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que se solicitan la ayuda.

Están excluidas aquellas que tengan CNAE 2009 exclusivo de las siguientes actividades:

  • 61 Telecomunicaciones.
  • 62 Programación.
  • 63 Servicios de información.

Gastos y actividades subvencionables

Serán actividades subvencionables aquellas incluidas en un Plan de Innovación que deberá reunir, necesariamente, las siguientes características:

  1. Deberá reunir una serie de actividades que constituyan un conjunto completo y coherente que permita implementar y/o incrementar las capacidades innovadoras de la empresa solicitante.
  2. Su duración mínima será de un año y la máxima se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2023.
  3. Las actividades que se subvencionan serán:

I. Actividades de innovación, destinadas principalmente a corregir deficiencias de mercado relacionadas con externalidades positivas, deficiencias de coordinación y, en menor medida, información asimétrica.
II. Actividades de innovación, destinadas a la mejora de procesos y gestión innovadora empresarial.

Para actividades de Innovación los gastos serán los siguientes:

Costes de obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales, así como la obtención de certificaciones.

–  Costes de servicios de asesoramiento en materia de innovación.

– Costes de servicios de apoyo en materia de innovación.

– Costes de personal propio o de nueva contratación.

–  Costes de equipamiento y material instrumental de nueva adquisición y no adquirido con fondos o ayuda públicas.

–  Costes de adquisición de licencias de propiedad industrial.

– Costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del desarrollo del plan y que deberán estar especificados en la Memoria del Plan de Innovación. 

– Subcontrataciones.

Se considerará que las ayudas tienen un efecto incentivador si la solicitud de ayuda se ha presentado antes del comienzo del plan.

En consecuencia, la fecha de inicio de las actividades integradas en el Plan de innovación deberá ser siempre posterior a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda. De no cumplirse esta condición, no se podrá financiar ningún gasto derivado de dicho plan.

Serán subvencionables para la anualidad de 2022 aquellos gastos comprendidos entre la fecha de la solicitud y el 30 de septiembre de 2022. Para la anualidad de 2023 serán subvencionables los gastos realizados entre el 1 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023.

Criterios de valoración

La valoración de cada plan de innovación, que reúna los requisitos exigidos en esta convocatoria, se realizará sobre un total de 100 puntos.

  1. De la empresa solicitante (20 puntos).
    • Perfil de la empresa (hasta 10 puntos).
      • Microempresa (3 puntos)
      • Pequeña empresa (2 puntos)
      • Geolocalización: zonas despobladas o rurales (4 puntos)
      • No haber sido beneficiario en los últimos tres (3) años de ayudas de I+D+i o incentivos fiscales (3 puntos).
    • Solvencia económica y técnicas (hasta 5 puntos).
      • Económica (2 puntos)
      • Inversión I+D+i declarada (1 punto).
      • Evaluación del informe Innobench (2 puntos).
    • Responsabilidad social y sostenibilidad (hasta 5 puntos).
      • Disponer de un plan de igualdad registrado (+1 punto).
      • Plantilla paritaria y responsabilidad social.
        • 40-60 % mujeres (+1 punto).
        • > 60 % mujeres (+3 puntos).
        • > 10 % de personal con diversidad funcional reconocida (+2 puntos).
      • Compromiso con la sostenibilidad ambiental (+1 punto).
      • Responsabilidad social empresarial (+1 punto).
      • Adecuación a la investigación responsable (IIR) (+1 punto).
  2. Del plan de innovación (68 puntos):
    • Viabilidad técnica y metodológica (hasta 45 puntos).
      • Grado de definición, claridad y adecuación de las actividades a los objetivos del plan (10 puntos).
      • Diversificación de actividades (10 puntos).
      • Adecuación del equipo humano implicado (10 puntos).
      • Coherencia económico-financiera (10 puntos).
      • TFE y métodos de elevada intensificación tecnológica empleados en el plan (5 puntos).
    • Impacto sociolaboral y creación de empleo (hasta 10 puntos): las puntuaciones en este apartado son acumulables entre sí.
      • Cada nueva contratación con el perfil mujer (+5 puntos).
      • Cada nueva contratación con el perfil de diversidad funcional >33 % (+5 puntos).
      • Cada nueva contratación con otro perfil (+3 puntos).
    • Colaboración con los agentes de innovación (hasta 10 puntos).
      • Organismo público o privado de investigación con sede en Galicia (+4 puntos).
      • Proveedores de TFE (+4 puntos).
    • Alineamiento del contenido del plan con los retos RIS3 Galicia (3 puntos).
  3. Impactos y resultados del plan (hasta 12 puntos).
    • Resultados esperados de internacionalización (3 puntos).
    • Desarrollo de nuevos procesos, diseño de productos y cambios organizativos sustanciales (3 puntos).
    • Suministrar la I+D+i en la empresa (3 puntos).
    • Mejora de la capacidad operativa, competitiva y posición en el mercado (3 puntos).

Intensidad y cuantía de la ayuda

El presupuesto subvencionable será de un mínimo de 80.000 euros y de un máximo de 200.000 euros.

 La Intensidad de la ayuda será el 50% de la inversión total, por lo que la cuantía de la ayuda oscilará entre los 40.000 € y los 100.000 €.

Compatibilidad

Serán compatibles con la percepción de otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional, salvo que se superen las intensidades máximas de ayuda.