Ley de medidas anticrisis tres permisos incluidos en la ley de familias que decayó con el adelanto electoral
De esta forma, el futuro RD de medias extraordinarias ante la crisis producida por la guerra de Ucrania incluye la transposición de la Directiva Europea sobre conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores y los cuidadores, con un nuevo permiso parental de 8 semanas para el cuidado de niños mayores de un año. Además, se amplía el derecho a la adaptación de la jornada de trabajo de quienes cuiden a familiares dependientes, se establece el permiso para ausentarse del puesto de trabajo con derecho a retribución, y se amplía el derecho a la reducción de jornada para el cuidado de hijo o menor con discapacidad que supere el 65%.
El texto incluye también una prórroga a la prohibición del despido, permitiendo que el aumento de los costes energéticos no pueda constituir causa objetiva para despedir a un trabajador hasta el 31 de diciembre de 2023. Por otro lado, se garantiza que las personas trabajadoras no puedan sufrir perjuicios como consecuencia del ejercicio de estos nuevos derechos de conciliación.
En el ámbito de La Palma, se amplían hasta el 31 de diciembre de 2023 las medidas de apoyo para la reconstrucción económica y social de la isla, relacionadas con los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) vinculados a la situación de fuerza mayor temporal.
Por otra parte, el trato desfavorable dispensado a mujeres u hombres por el ejercicio de sus derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral será constitutivo de discriminación por razón de sexo. Por último, en el caso de las familias monoparentales, el progenitor único podrá disfrutar de las ampliaciones completas de suspensión del contrato para el caso de familias con dos personas progenitoras en el supuesto de discapacidad del hijo o hija o en nacimientos múltiples.
Nuevos permisos para ausentarse del puesto de trabajo con derecho a remuneración
Permiso parental para el cuidado de hijo (o menor acogido por tiempo superior a un año):
- Podrá disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años.
- Duración no superior a 8 semanas (continuas o discontinuas)
- Es intransferible.
- Podrá disfrutarse de manera flexible.
Se amplía el derecho a la adaptación de la jornada de las personas con dependientes a cargo:
- Cuando se acredite deberes de cuidado respecto de los hijos mayores de 12 años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado del trabajador, así como de otras personas dependientes cuando, estas últimas, convivan en el mismo domicilio, y que no puedan valerse por sí mismas. En caso de negativa de la empresa, deberá justificar esta oposición o, en su caso, una eventual solución alternativa.
- Este derecho también llega a quienes precisen encargarse del cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad del cónyuge o pareja de hecho, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, siempre que no existieran familiares por consanguineidad directa hasta el segundo grado.
- Se amplía el derecho a la reducción de jornada para el cuidado de hijos o personas a cargo con discapacidad que sean menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave, cuando el grado de discapacidad supere el 65%, siempre que esta condición se acredite antes de cumplir los 23 años.
Por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario.
- 5 días (frente a los 2 de la regulación vigente).
- Podrán beneficiarse de este permiso las personas que convivan con el trabajador o trabajadora que requiere el cuidado en el mismo domicilio y también las parejas de hecho en el ámbito del permiso, así como a familiares consanguíneos de la pareja de hecho.
Nuevo derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.
- 4 días retribuidos.
Se amplía el permiso por matrimonio a las parejas de hecho Las parejas de hecho tendrán derecho a los 15 días de permiso por registro igual que los matrimonios