Programa de Ayudas Reina Letizia para la Inclusión 2022

Programa de ayudas económicas destinadas a estudiantes con discapacidad que desarrollen estudios en centros educativos y universidades.

Objetivo

Mejorar la formación a nivel educativo y profesional de las personas con discapacidad.

Enseñanzas Objeto de la Ayuda

1. Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias:

  • Primer y segundo cursos de bachillerato. 
  • Formación Profesional básica, de grado medio y de grado superior.
  • Enseñanzas artísticas profesionales, que pueden ser: música, danza y artes plásticas y diseño.
  • Enseñanzas deportivas.
  • Enseñanzas artísticas superiores, que pueden ser: música, danza, artes plásticas y diseño, arte dramático y Conservación y restauración de bienes culturales
  • Estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia.
  • Cursos de preparación y formación específicos para las pruebas de acceso a la formación profesional (ciclos de grado medio y de grado superior) impartidos en centros que tengan autorizadas enseñanzas de formación profesional.

2. Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles o extranjeros

  • Enseñanzas universitarias conducentes a títulos oficiales de grado, postgrado y de máster.
  • Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años.
  • Enseñanzas y estudios conducentes al doctorado.
  • Estudios de especialización impartidos por universidades.
  • Títulos propios de las universidades.

3. Cursos organizados para personas con discapacidad mayores de 16 años (formación no reglada)

  • Cursos con duración individual o agrupados de 300 horas o más dentro del curso académico 2022/2023 e impartidos por entidades sin ánimo de lucro.
  • Cursos con duración individual o agrupados de 300 horas o más dentro del curso académico 2022/2023 destinados específicamente a las personas con discapacidad para promover su desarrollo personal y profesional.

4. Preparación y presentación a las pruebas selectivas

  • Cursos de preparación y presentación para acceder a cuerpos, escalas, grupos o categorías profesionales de las diferentes Administraciones Públicas.

Beneficiarios – Requisitos

Las personas físicas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener nacionalidad española o residencia legal en España.
  • Iniciar o estar cursando entre el 1 de septiembre de 2022 y 31 de agosto de 2023 estudios o actividades formativas para mejorar su formación, cualificación, empleabilidad e inserción social.
  • Encontrarse en una de estas situaciones:
  • Persona con discapacidad legalmente reconocida en España, igual o superior al 33%.
  • Pensionista de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
  • Pensionista de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
  • Personas con capacidad intelectual límite destinatarias de las medidas de acción positiva para el acceso al empleo.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No ser deudor por resolución de procedencia de reintegro de subvenciones.

Cuantía

Los beneficiarios podrán solicitar y recibir ayudas hasta 12.000 euros.

Gastos que cubre el Programa

La ayuda cubrirá la siguiente tipología de gastos necesarios para llevar a cabo el proceso formativo:

  • Importe de la matrícula
  • Importe de los productos de apoyo
  • Ayuda de tercera persona para el desplazamiento
  • Asistencia personal y/o servicios profesionales cuyo objetivo sea mejorar las condiciones físicas y psicológicas relacionadas con los procesos formativos
  • Desplazamiento del solicitante entre el domicilio habitual y el centro de estudios
  • Alojamiento del estudiante durante sus estudios en modalidad presencial o semipresencial

Los gastos asociados a las ayudas solicitadas deberán incurrirse entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de agosto de 2023.

Las ayudas no podrán superar el coste de la actividad, producto o servicio.